La Municipalidad de Escobar informa a los vecinos del partido que continúa abierta la posibilidad de realizar personalmente el trámite para obtener la tarifa social en los servicios de gas y energía eléctrica.
El trámite es un servicio que brinda la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y consiste en la gestión de la solicitud online para quienes tengan dificultades de acceso o no cuenten con conexión a Internet. El Ministerio de Energía y Minería de la Nación es finalmente el que decide si la tarifa diferencial deberá ser aplicada o no.
Aquellos que deseen aprovechar este servicio deben dirigirse a la oficina de información al consumidor, situada en la avenida 25 de Mayo 459, piso 2, en el horario de 8 a 15. Quienes necesiten mayor información pueden comunicarse al 0348- 4430460 o enviar un correo electrónico a omic@escobar.gov.ar.
Requisitos para realizar el trámite de tarifa social para servicios de gas y luz:
-DNI del titular del servicio (fotocopia) -Factura del servicio -Constancia de CUIL -Certificado de discapacidad u otra documentación para acreditar su derecho a ser incluido entre los beneficiarios prescriptos en la Resolución -Recibo de haberes de jubilación, pensión o certificado de discapacidad. -Números de teléfono de contacto y correo electrónico.
¿Quiénes pueden acceder a la tarifa social?
Titulares de servicios que sean:
-Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
-Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
-Beneficiarios de una Pensión no Contributiva que perciba ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
-Titulares de programas sociales.
-Personas inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
-Personas incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844).
-Beneficiarios del seguro de desempleo.
-Titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
-Personas con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
-Titular o conviviente de persona con una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.
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