A tal efecto, la Defensora dispuso que las áreas de Servicios Públicos, Legal y Técnica y Asuntos Sociales trabajen articuladamente para asesorar y asistir a los vecinos en relación a su situación particular.
En el marco, de la audiencia con el ENARGAS tras el último anuncio de aumento tarifario por parte del Gobierno Nacional, la Defensora del Pueblo Dra. Rocío Fernández, ha tomado pleno conocimiento de los términos de las Resoluciones, lo que ha permitido realizar los correspondientes análisis.
En ese sentido, se acordó que la Defensora del Pueblo de Escobar tramitará los pedidos de INGRESO AL REGISTRO DE BENEFICIARIOS DE TARIFA SOCIAL directamente con la Empresa Distribuidora y con el ENARGAS, a fin de evitar que los usuarios deban trasladarse fuera del Escobar para realizar dichos trámites.
Así las cosas, se iniciarán en la Defensoría del Pueblo de Escobar (Estrada 633,Belén de Escobar) a :
§ Entidades de Bien Público
§ Iglesias
§ Centros Asistenciales
§ Hospitales
§ Organismos Públicos
§ Usuarios residenciales ( que no se encuentren comprendidos en los requisitos de la Tarifa Social, pero la situación particular no les permita afrontar el pago del servicio) :
Ø Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia que perciba una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
Ø Ser trabajador monotributista inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Ø Ser beneficiario de una Pensión no Contributiva y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Ø Ser titular de Programas Sociales.
Ø Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
Ø Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (Ley N°26.844).
Ø Estar percibiendo un seguro de desempleo. Copia del recibo del seguro de desempleo.
Ø Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Ø Contar con certificado de discapacidad.
Ø Tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electro-dependencia.
Ø Ingresos insuficientes.
Dicho trámite llevará dictamen de precalificación de la Defensora. Se requiere DNI del titular del servicio, factura del servicio de gas, y documentación adicional según el caso en concreto.
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